Consulta pública previa

Consulta pública previa

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través de este apartado del Portal con objeto de solicitar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
En concreto, la consulta solicitará opinión acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, de la necesidad y oportunidad de su aprobación, de los objetivos de la norma, de las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Consultas disponibles: